SALUD
EMPADRONAMIENTO OSPIA
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Quiénes son los beneficiarios?
Existen beneficiarios titulares obligatorios. El titular tiene el derecho de incluir en calidad de beneficiarios a su grupo familiar primario. Se considera dentro de este a:
- El cónyuge y/o concubino/a y/o pareja de hecho del afiliado titular debidamente acreditado.
- Los hijos/as solteros hasta los 21 (veintiún) años, no emancipados por edad o actividad profesional.
- Los hijos/as solteros, mayores de 21 (veintiún) años y hasta los 25 (veinticinco) inclusive, que estén a exclusivo cargo del titular, y que cursen estudios regulares, reconocidos por la autoridad pertinente.
- Los hijos/as incapacitados a cargo del afiliado titular, sin límite de edad.
- Los hijos/as del cónyuge o concubino/a.
- Los menores cuya guarda y tutela haya sido acordada por autoridad judicial o administrativa.
¿Qué documentación debo presentar para afiliarme?
Si ud. es un trabajador en relación de dependencia y está evaluando afiliarse a nuestra obra social OSPIA , le presentamos algunos requisitos y documentación que le vamos a solicitar en nuestros centros administrativos para poder seguir con el trámite pertinente y poder contarlo entre nuestros beneficiarios de la familia OSPIA.
Cobertura de la Obra social
- El tiempo que se mantenga el contrato de trabajo.
- Mientras el trabajador o empleado reciba la remuneración del empleador;
y en los siguientes casos: - Si el beneficiario hubiera trabajado en forma continuada durante más de 3 (tres) meses mantiene su calidad de beneficiario durante un período de 3 (tres) meses contados desde su distracto, sin obligación de efectuar aportes.
Trabajadores de temporada
- El carácter de beneficiario subsiste mientras el empleador lo declara activo en temporada, finalizada ésta, finaliza la cobertura.
- Durante el período de inactividad y mientras subsista el contrato de trabajo, el trabajador puede optar por mantener el carácter de beneficiario, cumpliendo con las obligaciones del aporte a su cargo y de la contribución a cargo del empleador.
Monotributistas - Monotributistas sociales
-
Se informa por la presente que a raíz de la publicación del Decreto 955/2024 del Poder Ejecutivo Nacional en el Boletín Oficial de la República Argentina el 28/10/2024, por el que se crea el “Registro de Agentes de Seguro de Salud para la Cobertura Medico Asistencial de Pequeños Contribuyentes Adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes” en el Ámbito de la Superintendencia de Servicios de Salud, esta Obra Social ha decidido no inscribirse en el mismo para ninguna categoría de monotributista, por lo tanto, y habida cuenta de que dicha norma comenzó a regir el 29/10/2024, no se recibirán afiliaciones de este tipo de contribuyentes a partir de la 0 horas de dicha fecha.
Opción de Cambio
- El trabajador puede ejercer el derecho de opción después De 1 (uno) año del inicio de la relación laboral.
- El trámite se realiza en forma personal e individual por el titular afiliado.
- El único organismo autorizado para realizar la opción de cambio es la Superintendencia de Servicios de Salud, para asesorarse al tema deberá comunicarse al 0800-222-72583, o visitar si página web:
https://www.argentina.gob.ar/servicio/realizar-opcion-de-cambio-de-obra-social
REQUISITOS PARA AFILIARSE A OSPIA
PERSONAL EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA
NORMAS GENERALES
• La opción de cambio debe ser ejercida por el titular de la afiliación.
• La opción de cambio puede ser ejercida únicamente entre Obras Sociales Sindicales.
• En caso de ser primer empleo, podrá ejercer la opción de cambio a partir del primer
recibo de sueldo. Ya que el primer mes debe girar aportes a la Obra Social de la
actividad.
• Debe tener más de un año de antigüedad en su obra social actual si ya ejerció el
derecho a opción (un año mínimo entre opción y opción).
• Debe cumplir el aporte mínimo.
• Debe ser trabajador en relación de dependencia del ámbito privado, del Poder Ejecutivo
Nacional o de Organismos descentralizados.
El CODEM y la CERTIFICACION NEGATIVA pueden descargarse de la página de
ANSES.
El CODEM tendrá validez siempre que cumpla con los requisitos solicitados.
En el caso que NO figuren familiares declarados, deberá realizar la modificación
de éstos en “Mi ANSES” ingresando desde su computadora o celular siguiendo las
instrucciones de esta o en su defecto, deberá solicitar un turno al 130 y dirigirse
a la UDAI ANSES más cercana para declararlos.
TITULAR
• Consulta de Obra Social – CODEM.
• Formulario de afiliación.
• Fotocopia de recibo de haberes.
• Fotocopia de DNI frente y dorso en caso de DNI.
• Alta temprana.
CONYUGE
- Solicitud de Afiliación.
- Fotocopia de DNI frente y dorso.
- Acta de matrimonio.
- CODEM.
- Certificación negativa de ANSES.
CONCUBINO/A o CONVIVIVIENTE
Personas que convivan con el titular de la afiliación en aparente matrimonio.
• Información Sumaria que acredite el vínculo de la relación concubinaria.
• Solicitud de Afiliación.
• Fotocopia de DNI frente y dorso.
• CODEM del titular c/familiar incluido.
• Certificación negativa de ANSES.
RECIEN NACIDO-PROGRAMA MATERNO-INFANTIL
- Certificado de nacimiento/constancia de parto.
HIJOS MENORES HASTA 20 AÑOS INCLUSIVE
• Solicitud de Afiliación.
• Fotocopia de DNI frente y dorso.
• Certificado/partida/acta de nacimiento.
• CODEM c/familiar incluido.
• Certificación negativa de ANSES
HIJOS/AS ESTUDIANTES, DE 21 AÑOS INCLUSIVE HASTA LOS 25 AÑOS, A CARGO DEL TITULAR DE LA AFILIACION.
• Solicitud de Afiliación.
• Fotocopia de DNI frente y dorso.
• Certificado/partida/acta de nacimiento.
• CODEM c/familiar incluido.
• Certificación negativa de ANSES.
• Certificado de estudio emitido por Organismo Oficial que acredite que es alumno
regular, este certificado debe ser renovado al inicio (MAR/ABRIL) mediados (JUL/AGO) y
al final (NOV/DIC) de cada ciclo lectivo.
HIJOS/AS CON DISCAPACIDAD
- Solicitud de Afiliación.
- Fotocopia de DNI frente y dorso.
- Certificado/partida/acta de nacimiento.
- CODEM c/familiar incluido.
- Certificación negativa de ANSES.
- Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) otorgado por ANSES.
- Certificado de discapacidad o incapacidad (CUD) otorgado por autoridad competente. (Salud Pública) donde conste la naturaleza de la discapacidad o incapacidad, su grado, si es permanente y si la misma lo posibilita a realizar tareas remunerativas.
- Es permanente y si la misma lo posibilita a realizar tareas remunerativas.
dónde realizar el trámite
OSPIA C.A.B.A.
Estados Unidos 1532 – 1°piso, Capital Federal
Oficina de empadronamiento
Teléfono: 4305-1635 / 4305-2715 / 4305-5633 / 4305-8863
Interno: 118 y 110
Lunes a viernes 8.30 a 17 hs
empad@ospiacapital.org.ar
OSPIA PACHECO
Col. Panamericana Este e/Venezuela y Belgrano (Pacheco) – Oficina de Empadronamiento
Teléfono: 47261466
Lunes a viernes de 9 a 17 hs.




